A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Marin Ramirez Herminia Del Socorro·Demandado Caycedo Narvaez Jhon Fernando
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Aparente conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 6 Civil Municipal de Pereira y el Juzgado 2 Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Pereira.
La controversia se origina por demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana, en contra de un abogado, con la finalidad de que se regulen los honorarios a que tiene derecho el demandado, conforme la labor realizada y según las tarifas del Colegio de Abogados debidamente aprobadas por el Consejo Superior de la Judicatura, por cuanto considera el profesional se sustrajo de sus obligaciones dentro del proceso.
Al verificar si se da cumplimiento a los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena toma como referentes los Autos 1063 y 1292 de 2022 y señala que no es competente para resolver la controversia en atención a que la colisión se genera entre autoridades que integran la jurisdicción ordinaria, razón por la cual la Corte se declara inhibida para pronunciarse sobre el asunto.
En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Pereira para que resuelva el conflicto de competencia intrajurisdiccional planteado, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA por falta de competencia, para pronunciarse sobre la controversia planteada entre el Juzgado 6 Civil Municipal de Pereira y el Juzgado 2 Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Pereira, por carecer de competencia.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4185 al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Pereira para que resuelva el conflicto de competencia intrajurisdiccional planteado, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.